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La Justicia cordobesa admite una millonaria demanda colectiva contra la financiera de Volkswagen

La Justicia cordobesa admite una millonaria demanda colectiva contra la financiera de Volkswagen

Es impulsada por la Asociación de Usuarios y Consumidores Unidos de Córdoba (UCU) ante demoras “aberrantes” en la entrega de autos comprados en planes de ahorro.


El Juzgado de 1ª Instancia y 27ª nominación en lo Civil y Comercial de Córdoba admitió una “demanda de acción colectiva” contra Volkswagen SA Sociedad de Ahorro, la firma financiera de la automotriz, informaron fuentes judiciales. 

Es impulsada por la Asociación de Usuarios y Consumidores Unidos de Córdoba (UCU) en reclamo por “demoras aberrantes” en la entrega de autos cero kilómetro adquiridos a través de planes de ahorro. En el marco de la ley 24.240 de Defensa del Consumidor.

Los demandantes exigen que se aplique a la empresa una multa de 5 millones de pesos en concepto de daños punitivos. De obtener sentencia favorable, parte de ese dinero irá a los damnificados. 

El reclamo –patrocinado por Eduardo Martinez Paz- se venía tramitando desde 2017. La novedad es que el juez Francisco Martín Flores resolvió admitirlo y con ello abrió el proceso que, luego del análisis de pruebas aportadas por las partes y en un plazo no menor a varios meses, culminará con una sentencia por parte del magistrado.

El fallo es apelable y puede continuar luego las habituales instancias en los distintos estamentos de la Justicia. 

 

Abierta a todos los “damnificados” 

Un costado particular de la demanda es su carácter de acción colectiva o “de clase”: eso significa que incluye a todos los compradores que puedan haber sido afectados por demoras excesivas desde septiembre de 2014 hasta la fecha de la sentencia.

"Consumidores de la provincia de Córdoba que habiendo suscripto un contrato de autoahorro con la firma demandada, no hayan recibido en tiempo y forma, desde el mes de setiembre de 2014 hasta el dictado de la sentencia el vehículo adquirido", precisa la resolución judicial. Todos ellos quedan incluidos de hecho en la acción. 

Si alguno decide excluirse, sí debe concurrir al juzgado y manifestar esa voluntad. No necesita tener patrocinio ya que se trata de un paso simple. 

 “La sentencia que resulte de este juicio tiene efecto expansivo; a diferencia de lo que sucede en forma habitual, en que una sentencia está limitada a parte. Esa es la características de las acciones de clase”, explicaron desde la Justicia provincial. 

 

Difusión en concesionarias

La resolución -dispuesta por el juez Francisco Martín Flores- ordena también que se difunda el trámite de la demanda de acción colectiva con el fin de enterar a los aludidos.

Para ello ordena publicaciones en medios, la difusión por otros canales gratuitos y precisa: "Adiciónese cartelería visible colocada en las concesionarias oficiales y páginas web oficiales de la demandada, a su cargo, mientras dure la tramitación de la presente acción". 

 

 

 

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