Enojo de damnificados sanfrancisqueños por la nulidad del juicio a Cositorto
El tribunal consideró que la acusación debe ser más precisa y fijó pautas a seguir. Lleva dos años y siete meses detenido en Bouwer.
La Cámara del Crimen de Villa María declaró nula la elevación a juicio contra Leonardo Cositorto, líder de Generación Zoe; uno de sus mano derecha, Maximiliano Battista, y 19 personas más. Entre ellos, el responsable de Generación Zoe en San Francisco, Lucas Giorgis.
El tribunal integrado por los vocales Edith Lezama, Eve Flores y Félix Martínez consideró que la descripción de la participación de todos ellos no es clara.
Por eso, remitió nuevamente el expediente al Juzgado de Control y éste lo devolverá de inmediato a la fiscal instructora, Juliana Companys, para que reformule la acusación.
La decisión demorará la realización del debate oral en contra de Cositorto, quien actualmente está siendo juzgado en Goya, Corrientes, por estafas similares.
El expediente trata de presuntas defraudaciones a partir de una supuesta criptomoneda. Más allá de que sus líderes dicen haber ofrecido cursos de educación financiera, en la práctica terminó siendo una estafa piramidal. Es lo que sospecha la Justicia y será debatido en el juicio.
En su resolución, el tribunal que llevará a cabo el debate oral dejó también sentados una serie de parámetros a tener en cuenta a la hora de redactar el nuevo requerimiento de elevación a juicio.
- La causa deberá compilarse respetando el orden cronológico de la presentación de escritos y de los proveídos correspondientes.
- Se deberán agregar los escritos originales de las partes, ya que se encuentran agregados en el expediente -papel- copias simples de los mismos, siendo que en dicho momento la causa aún no se había transformado en expediente mixto.
- En el decreto de remisión se deberá detallar, dada la extensión de la actividad instructoria: imputados, personas detenidas, lugar de alojamiento, la existencia de querellantes particulares y los pedidos de constitución en actor civil, todo con indicación de fojas y de sus respectivos abogados defensores, patrocinantes y/o representantes. Así también detalle de los elementos secuestrados y no restituidos, y el lugar dónde se encuentran, capturas ordenadas y su vigencia.
- Asimismo se deberá dejar constancia de cuáles fueron las denuncias que fueron desglosadas en diciembre del 2022 y el estado de esa investigación, debiendo informar si se ordenó imputaciones y si existen personas privadas de su libertad que coincidan con los aquí presos.
- Al momento de efectuar el requerimiento de citación a juicio, si correspondiere, se deberán enumerar los hechos a los fines de su correcta identificación, y poner a disposición todos los expedientes adjuntos y/o relacionados al principal.
“La nulidad de la elevación a juicio favorece a los estafadores” dijo la Fiscal Companys
La investigación por presuntas estafas de Generación Zoe en Villa María volvió a foja cero y la fiscal cuestionó a la Cámara del Crimen de aquella localidad por declarar la nulidad de la elevación a juicio de la causa.
Se demorará más de lo previsto el juicio en Córdoba contra el líder de Generación Zoe, Leonardo Cositorto, y otros 23 imputados por presuntas “estafas reiteradas” y “asociación ilícita”. Tras la declaración de nulidad de la causa firmada por los vocales de la Cámara del Crimen de Villa María, la fiscal Juliana Companys afirmó que “los tiempos procesales juegan en contra de las víctimas y a favor de los estafadores”.
En diálogo con Punto y aparte, la funcionaria judicial amplió lo que ya había pronunciado en un comunicado a la prensa luego de conocer la resolución de los vocales Edith Lezama, Eve Flores y Félix Martínez, quienes declararon nulo el requerimiento de elevación a juicio de la causa Generación Zoe.
“Esto pone en cierta dificultad a la causa porque los tiempos procesales juegan en contra de las víctimas y a favor de las personas que se encuentran privadas de su libertad”, dijo Juliana Companys, fiscal de Villa María.
El tribunal de la Cámara del Crimen consideró que la acusación debe ser más precisa y fijó una serie de pautas a seguir para que Companys reformule la acusación contra los imputados, algunos de los cuales sus prisiones preventivas vencen en febrero de 2025.
La fiscal remarcó que su instrucción “ya había pasado por el juez de control y lo había confirmado; también había pasado por la Cámara de Acusación de Río Tercero y tres vocales habían confirmado nuestra investigación, dando claros indicios de que había estado todo bien”. “Es llamativo que la Cámara del Crimen disienta con tanta diferencia con esos tribunales”, apuntó.
En el texto enviado a los medios apenas se conoció la novedad judicial la semana anterior, Companys consideró la resolución como una “arbitrariedad procesal”, motivo por el cual procura presentar un recurso para revertir la decisión de los vocales.
“Tenemos 70 cuerpos de expediente, con pruebas desde pericias, testimonios, allanamientos, secuestros, que dan a las claras que nuestra investigación fue importante, al punto tal que las provincias que han intervenido nos han pedido el modelo de elevación a juicio para ellos tener una mejor interpretación de la causa”, agregó en contacto radial.
Leonardo Cositorto fue detenido el 4 de abril del 2022 en República Dominicana. Actualmente está con prórroga de la prisión preventiva.